Vista la CONCILIACION lograda entre los ciudadanos; MARLENE JOSEFINA PALENCIA, mayor de edad, venezolana, soltera, titular de la cédula N° V-6.317.394, domiciliada en la Población de Mapararí, calle Progreso, sector El Valle, Parroquia Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, y GREGORIO VALDEMAR MONTERO, mayor de edad, soltero, venezolano, Docente, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.526.935, domiciliado en la Población de Mapararí, calle Progreso, sector El Valle, Parroquia Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, por OBLIGACION DE MANUTENCION, suscrita por ante este Tribunal con competencia en la materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente con sede en esta población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, cursante al folio Doce (12) del presente expediente, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en Nombre de la República Boli.....