En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por EMILIO JOSÉ YSEA, asistido del abogado DANIEL CURIEL FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.838, mediante diligencia de fecha 4 de agosto de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, en fecha 16 de julio de 2010, que declaró CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento interpuesta por los abogados LUIS FELIPE RUBIO THOMPSON y AMALIO OVIEDO, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la SUCESION DE ANTONIO JOSÉ MOLINA RAMONES integrada por las ciudadanas DALI.....