Por todas las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección Penal adolescente del Tribunal Penal del Circuito Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Primero: Decreta la Prescripción de la sanción de Reglas de Conducta impuesta en fecha 14 de Diciembre de 2.009; por el lapso de Un (01) Año sancionada en los artículos 624 y 620 literal "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente a las Jóvenes Adultas: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, tipificado en el artículo 416 del Código Penal vigente, en perjuicio de la Adolescente Freddmar Cecilia Liscano Severino. Todo de conformidad con lo establecido en el 616 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente Segundo: Se ordena el Cese de la Medida de Reglas de Conducta impuesta a las Jóvenes Adultas antes señaladas, conforme a lo .....