Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescentes de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA: CON lugar la solicitud por la Defensa la cual es el procedimiento por Consumo en relación a los adolescentes imputados : IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, a los fines de que se le aplique el tratamiento ante la ONA tal como lo establece el articulo 143 de Ley Orgánica de Drogas y se ordena informar a la ONA que debe consignar resulta del tratamiento realizado a los imputados. SEGUNDO: Se decreta SIN lugar la solicitud la solicitud de la Representación Fiscal una la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, prevista en el literal "B" del artículo 582 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que consiste en la Guarda de sus Representantes, todo por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPI.....