Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION, interpuesta por el Abogado RUBEN VILLAVICENCIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.618, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada A. A CONTRUCCIONES Y SERVICIOS C.A, en contra de la decisión emanada del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, de fecha 05 de Marzo de 2010; SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes; TERCERO: Se Condenatoria en Costas a la parte demandada recurrente de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Quedando en consecuencia, la
sentencia definitivamente firme. .....