Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA ENTREGA PLENA del vehículo solicitado por el Abogado SALVADOR GUARECUCO, en representación del Ciudadano ROLANDO DANIEL QUIROGA SANCHEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.358.991, vehículo este de su propiedad de las siguientes características: Serial de carrocería 8Y4G458N761103197, placas IAM37G marca Jeep, Serial del motor 8 Cil, Modelo grand Cherokee, año 2006, color rojo, clase camioneta, tipo sport wagon, uso particular.