Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos: ZAMBRANO SALAZAR JAIME ENRIQUE y CAMACHO DE ZAMBRANO MORELA JOSEFINA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédulas de identidad Nros: V- 5.407.626 y 9.508.695, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada YANNIRA COROMOTO ROQUEZ HERNANDEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 176.195, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertador, Parroquia Macarao, Departamento Libertador del Distrito Federal, Caracas, lo cual se evidencia del acta de matrimonio Nº 22, que riela al folio 03, del presente expediente.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada .....