Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Juicio de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta PRIMERO: El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN a favor del ciudadano EUDO RAFAEL URDANETA DELGADO, cédula de identidad N° V.- 4.643.78; de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 y artículo 48 numeral 8 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108.5 del Código Penal, por cuanto desde la fecha de la comisión del delito ha transcurrido sobradamente el tiempo de prescripción previsto en la ley, sin que se haya verificado la presencia de un acto interruptivo. SEGUNDO: Se remiten las presentes actuaciones al Archivo de los Tribunales de Violencia contra la Mujer de éste Circuito Judicial Penal, una vez que hayan transcurrido los lapsos para que las partes interpongan los recursos de.....