... En mérito de las situaciones de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoada por la ciudadana MAGALI COROMOTO MARÍN ROJAS en contra la ciudadana XIOMARA JORDÁN VIUDA DE ALCALÁ.
SEGUNDO: Por haber vencimiento total se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por dictarse la presente decisión fuera del lapso legal se acuerda notificar a las partes.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Punto Fijo, a los Doce (12) días del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2013). Años 203 de la Independencia y 154 de la Federación.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
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