En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Mirco Lerma, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana BEATRIZ SILVANA CANELON GARCÍA, mediante diligencia de fecha 28 de enero de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 21 de enero de 2016, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, con motivo del juicio de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesto por la ciudadana BEATRIZ SILVANA CANELON GARCÍA contra el ciudadano OSWALDO ANTONIO RAMÍREZ NÚÑEZ, mediante la cual negó las medidas de prohibición de enajenar y gravar y medidas innominadas solicitadas por el apoderado ju.....