En fecha 25/07/2013 se dicta auto dandole entrada a el Despacho, emanado del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, constante de 01 folio útil, remitido con Oficio Nº 2485-364-13, de fecha 17/07/2013, relacionado con el Expediente Nº 2013-2677, llevado por ese Tribunal, librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), intentado por los Abgs. VIANNY Y. ORTIZ C., SUYIN Z. AMAYA P., DENNY A. CIANFAGLIONE M. y VICTOR A. SMITH V. inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nos. 174.146, 174.127, 126.394 y 83.044, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales, del ciudadano JOSÉ N. SINOPOLI V., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.589.114 y en el que se Decretó Medida de Embargo Preventiva sobre Bienes Muebles propiedad de la parte demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento; se ordenará el traslado y constitución del Tribunal para la práctica de la Med.....