DISPOSITIVA.
En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primero Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO, fundamentada en el Artículo 185 numeral 3° del Código Civil Venezolano, interpuesta por el ciudadano WILMEN JOSÉ REYES DONQUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.088.343, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIA EVELYN CICERELLI DE DONQUIS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 70.602, en contra de la ciudadana ANARELYS RAQUEL MANZANAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-13.028.866. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente ent.....