En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud Fiscal, y se decreta la aprehensión en flagrancia, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el ORGÁNICO PROCESAL PENAL Ordena en contra del ciudadano JOSE GREGORIO CHIRINOS por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4° Y 6° del Código Penal la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículo 236, 237, 238 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se Ordena como sitio de reclusión la COMUNIDAD PENITENCIARIA DE CORO. Líbrese la correspondiente BOLETA DE ENCARCELACION al ciudadano JOSE GREGORIO CHIRINO, titular de la cédula de identidad V–14.262.322. Líbrese el oficio correspondiente a la Polic.....