PRIMERO: Se CONDENA a D DERWIN JAVIER VARGAS CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.928.217 y SERVANDO YOSMAR ROSALES QUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.329.006, por aplicación del procedimiento por admisión de los hechos a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOR, previsto y sancionado en el artículo 5 con las agravantes establecidas en los numerales 1°, y 2° y 3° del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; en perjuicio del ciudadano YOHAN UMBRÍA, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 5 con las agravantes establecidas en los numerales 1°, y 2° y 3° del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, y a la penas accesorias de ley prevista en el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la medida de privación judicial de Libertad qu.....