ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA: PRIMERO: con lugar la solicitud de la representación fiscal y decreta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA la Medida Cautelar consistente en presentaciones ante el Modulo Policial de Dabajuro, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS de conformidad con el articulo previsto en la Ley Orgánica de Droga. Seguidamente el representante legal del precitado adolescente se comprometió a cumplir por la vigilancia y cuidados del adolescente imputado. SEGUNDO: Líbrese boleta de libertad. Se decreta el procedimiento ordinario. Se acuerda lo solicitado por el Ministerio Publico. Se acuerda librar oficio al Modulo Policial de Dabajuro, a los fines de que se abra el libro de presentaciones para el adolescente. IDENTIDAD OMITIDA Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Concluyó la presente Audiencia siendo las 5.....