este Tribunal Segundo MIXTO de de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: POR FALLO UNANIME DE TODOS LOS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL: DECRETA: PRIMERO: La culpabilidad del ciudadano: HERMES AGUSTIN COLINA SUAREZ, venezolano, de setenta y ocho (78) años de edad, nacido en fecha 28 de agosto de 1930, de estado civil: casado; con Cédula de Identidad número 1.969.604, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el Barrio Sur, al lado del Liceo Esther de Añez, casa S/N de color Azul (Familia Colina), de la Población de Capatarida, Municipio Buchivacoa del Estado Falcón, por ser culpable, autor y responsable en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL DE NIÑO, en el supuesto previsto en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, vigente para la fecha en que ocurrió el hecho, en pe.....