En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por el abogado Jesús E., Vivas Padilla, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano COSIMO DE LUCA PACE, en su carácter de Vicepresidente de la empresa INDUSTRIAS DE LUCA C.A., mediante diligencias de fecha 27 de febrero de 2012, 1 de marzo de 2012 y 22 de marzo de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMAN las decisiones interlocutorias dictadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fechas 17 y 28 de febrero; y 20 de marzo todas de 2012.