D E C I S I O N
En merito de los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la Transacción Judicial realizada por el abog. José Delgado, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Servicios Técnicos Mecánicos, C.A., por una parte; y por la otra parte el Abogado Christian Leteo, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil EXTINFAL, C.A.; respectivamente, en consecuencia se le da el carácter de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el Archivo del Expediente.
SEGUNDO: En virtud del particular anterior se suspende la Medida Preventiva de Embargo dictada por este Tribunal en fecha primero (01) de octubre de 2013.
TRECERO: No hay condenatoria.....