PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGRARIA ANIMAL desplegada en el lote de terreno denominado FUNDO CASA BLANCA, ubicado en el Asentamiento Campesino Alambique Boca de Aroa, sector Campo Caribe, Parroquia Boca de Aroa, Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón, constante de una superficie aproximada de DOS MIL CUATROCIENTAS OCHENTA Y DOS HECTÁREAS CON DIECIOCHO METROS CUADRADOS (2.482,18 ha/M²) y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Carretera denominada "vía de los indios" que bordea al Río Aroa, propiedad conocida como "Campo Caribe" y terrenos que son o fueron de Simón Barrera; SUR: Hacienda La Carlera, siguiendo por los límites entre los estados Falcón y Yaracuy; ESTE: Hacienda la Carlera, Hacienda Guaremal, terrenos de la empresa AQUAFIN, C.A. y terrenos que son o fueron de Simón Barrera y OESTE: Terrenos que son o fueron del Instituto Agrario Nacional (IAN) que a su vez dan hacia el terraplén del ferrocarril, atendiendo lo dispuesto en el.....