En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA el convenimiento celebrado en fecha veintidós (22) de octubre del año 2024, conforme se evidencia en acta inserta a los folios cincuenta (52) al cincuenta y seis (56) ambos inclusive de la Pieza I del presente expediente, durante la realización de Inspección Judicial por parte de este Juzgado, planteado por acuerdo entre las partes la Ciudadana NORVY CORREA BISAMO, titular de la cedula de identidad Nº V-16.568.784, debidamente asistida por la abogada KAREN KEILER ARAUJO VALERA, titular de la cedula de identidad Nº V-18.733.242, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado ba.....