Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por REIVINDICACIÓN, incoado por los ciudadanos MARIO BORSARI NOTARI y JUAN ERNESTO COGORNO ACOSTA, Directores de INVERSIONES TURÍSTICAS FALCÓN S.A., contra la sociedad de comercio CONSORCIO GRUPO CAPITAL C.A., plenamente identificados en el texto del presente fallo.
De conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.