En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 256 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: SE EXTIENDE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION PERIODICA, del ciudadano: ROBERTO CARLOS MIRANDA CALDERA: no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.648.322, nacido en fecha 12/11/1986, de 25 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio: Estudiante, Grado de Instrucción: 2° semestre de Seguridad Industrial, Hijo de Ely Antonio Miranda y Ángela Margarita Caldera, residenciado en el Sector Los Rosales, Calle Nº 1, Casa Nº 6, de color rosada, al frente a una Licorería, Punto Fijo, Estado Falcón IMPONIÉNDOLE la medida cautelar prevista en el or.....