Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: JUAN RAMON MEDINA CHIRINOS y ROSA ISBELIA YRAUSQUIN RIVERO, ambos identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que les une contraído el 8 de Abril 1989 por ante la Prefectura del Distrito Carirubana del Estado Falcón.
Remítase con oficio copia certificada al Registrador Principal del Estado Falcón Y ante la Prefectura del Distrito Carirubana del Estado Falcón. Líbrense oficios.