ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, fundamentado en los articulos 26 Constitucional, 47 y 60 de la Ley Adjetiva Civil. DECLINA LA COMPETENCIA, en razón del Territorio, para que sea el Tribunal de Primera Instancia Mercantil, con sede en la ciudad de Punto Fijo Municipio Carirubana del Estado Falcón, que previa distribución le corresponda el conocimiento de la demanda el que se aboque por resultar competente de conformidad con el Fuero Territorial.
EL JUEZ TEMPORAL:
ABG: EDUARDO S. YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA.
ABG. DENNY CUELLO.
NOTA: En la misma fecha se formó expediente y quedó anotado bajo el Nº 9554, y siendo las 11: 00 a.m, y previo el anuncio de ley, se públi.....