Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara con Lugar el Sobreseimiento Provisional interpuesto por el Fiscal del Ministerio Público undécimo Abg. Wilfredo Morillo Nader, establecido en el articulo 561, ordinal “e” de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente en la causa N° 2CO-010-2001 que se le sigue al Adolescente, XXXXXXXXXXXXX, ya identificado, por uno de los delitos contra las personas, en perjuicio de Carlos David López Velásquez, el cual comporta el cese de las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas y la condición de imputado. Así mismo y según lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, si dentro de un año de dictado el sobreseimiento provisional no se solicita la reapertura.....