VEREDICTO
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINSTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA
PRIMERO: PROCEDENTE, la oposición a la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 02 de octubre de 2014, por este Tribunal, interpuesta por la profesional del derecho IVELLIE FIGUEROA ALVAREZ, inpreAbogado número 29.242, actuando como apoderado judicial de las codemandadas JESUS EDUARDO GRAFFE GONZALEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.879.011, de este domicilio y de la empresa CONSTRUCCIONES GRAGO, C.A., con Registro de Información Fiscal (RIF) J-302088275, originalmente inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de agosto de 1.994, bajo el Nº 11, Tomo 78-A, Sgdo, luego cambiado su .....