Siendo que en el presente caso estamos en presencia de Triple Identidad, por cuanto: En el expediente Nº 2800-2013 de la nomenclatura del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con motivo del juicio de DESALOJO, seguido por la ciudadana NORKA MAGALI CHIRINOS contra la ciudadana ZULAY COROMOTO MORA DE AMAYA, mediante la cual demandó la RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO del inmueble de su propiedad, casa numero 52 , ubicada en la calle Democracia entre calle Silva y calle Ampies de la Parroquia San Antonio del Municipio Miranda del estado Falcón, terminó con sentencia definitivamente firme, como ya se analizó, ésta Juzgadora observa que la COSA JUZGADA en la causa Nº 2800-2013 citada, constituye garantía de seguridad jurídica por tener conocimiento de la existencia de las precedentes sentencias y de que en ellas se da la triple identidad, destacándose de esta manera su carácter de o.....