este Tribunal de Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: se decreta el sobreseimiento de la causa a favor de los ciudadanos JORGE ENRIQUE ROSILLON MENDEZ y EMIRO ANTONIO ROSILLÓN ROJO quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 10.446.339 y 20.688.856 respectivamente, ambos domiciliados en la calle 88, avenida 14, sector Las delicias, N° 88-A-54, Maracaibo, Estado Zulia, a tenor con lo previsto en el artículo 330 ordinal 3° del Código Orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 318 ordinal 4° eiusdem. SEGUNDO: Condena a los ciudadanos ANDRIS RAMÓN ÁVILA MONZANT y MILANGELA BEATRIZ PARRA FERNANDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad N° 16.632.312 y 17.567.596, respectivamente, domiciliado el primero en la urbanización San benito, vereda 8, casa 14, detrás del hospital Dr. Senin Cas.....