Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, tempestivo y admisible el escrito de descargos presentado por los abogados Victor Graterol Roque, Félix Cabrera e Iván Cabrera y ratificado por la nueva defensa privada Abg. Ramón Loaiza, en representación del imputado ALFREDO RAFAEL BERMUDEZ BORGES. SEGUNDO: Se ADMITE de conformidad con lo establecido en el artículo 313.2 ejusdem, totalmente la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra del ciudadano ALFREDO RAFAEL BERMUDEZ BORGES, Venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad V-9.505.990, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el numeral 1° del artículo 406 Numeral 1° del C.....