En consecuencia, este Tribunal de los Municipios Colina y Petit de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION a la transacción efectuada por el ABG NOEL SANCHEZ en su carácter de Apoderado judicial de la demandada ROSA MILDRED GONZALEZ MAGDALENO y por el ABG. JUAN VELASQUEZ en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ALY JOSE GUANIPA ALVARADO, en los términos contenidos en la misma, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de sentencia pasada, en autoridad de cosa Juzgada. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el libro Diario de Labores del Tribunal.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada, y sellada en la sala del despacho del Juzgado de los Municipios Colina y Petit de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en La Vela de Coro, a los Trece (13) días del mes de mayo del dos mil trece .....