Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el ciudadano ALIRIO RAMON CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.794.573, de este domicilio; en la demanda por cobro de Prestaciones Sociales, que tiene intentada contra el INSTITUTO NACIONAL DE SALUD AGRICOLA INTEGRAL (INSAI), ente adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA GRICULTURA Y TIERRAS.