Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en favor del ciudadano VICENTE ANTONIO MELENDEZ CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 12.489.226, por la comisión del delito de por el delito de AMENAZA, previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, y, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el Artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal; de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 ejusdem.