Por todo lo antes expuesto y analizadas como han sido las presentes Actuaciones este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Procedente lo solicitado por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público y se decreta la Orden de Aprehensión en contra de los ciudadanos: DENNY JOSE MEDINA, Venezolano, de 21 años de edad, Indocumentado, soltero, de profesión indefinida, natural y residenciado en esta ciudad de Coro, Calle San Rafael, Casa S/N y LUIS ALBERTO MEDINA, de nacionalidad venezolana, de 28 años de edad, Indocumentado, soltero, de profesión indefinida, natural y residenciado en esta ciudad de Coro, Calle San Rafael, Casa S/N del Barrio La Florida, por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjui.....