Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio de Propiedad).
SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA (TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD), a favor por los ciudadanos EDGARDO JOSE MARTINEZ VARGAS y DESIREE CAROLINA GOMEZ DE MARTINEZ, titulares de la cedula de identidad Nº V-9.430.134 y Nº V-11.619.479, en su condición de representantes de la Empresa Mercantil: "AGROPECUARIA SANTISIMA TRINIDAD 2022, C.A.", debidamente inscrita por ante la Oficina del Registro Primero del estado Falcón, de fecha diecisiete (17) de noviembre del año dos mil veintidós (2022), asentada bajo el Numero: 12; Tomo 43-A: Numero de Expediente: 342-344.....