Por los razonamientos expuestos, este Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripciòn Judicial del Estado Falcòn, actuando en sede de Protecciòn del Niño y del Adolescente y conforme a lo establecido en el articulo 520 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara parcialmente CON LUGAR la Demanda de Obligaciòn Alimentaria incoada por la ciudadana Maite Piña en representaciòn de los niños JONATHAN JOSE Y STEFHANIE GUERERE PIÑA contra el ciudadno JOHAN GUERERE.