En este estado, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procede con la ejecución encomendada, por lo que administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADOS PROVISIONALMENTE los bienes muebles señalados por el apoderado actor y debidamente descritos anteriormente, los cuales fueron valorados por el Perito Avaluador designado, en la cantidad de Un millón noventa y dos mil ochocientos diez bolívares exactos (Bs. 1.092.810,00) en su totalidad. Es todo. En este estado, interviene el apoderado actor y expone: Postulo a la empresa "La Calle de los Electrodomésticos, C.A.", en la persona de su representante, ciudadano Marcos Jesús Pineda Valles, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.568.018, para que sea designada como Depositaria Judicial Provisional de los bienes muebles embargados, consignando en este acto a tal efecto, bala.....