Que este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de revisión realizada por la Defensa Privada abogada YURAIMA OLLARVEZ RODRIGUEZ, por falta de fundamento e incoherencia en dicha solicitud