Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de realización de Reconocimiento de Imputados en Rueda de Individuos incoado por el Defensor José Gregorio Gómez a favor de los ciudadanos JOAN MANUEL VARGAS NAVARRO ERNESTO DANIEL VARGAS NAVARRO, por cuanto considera que tal solicitud es extemporánea, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente resolución a las partes. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abg. Hely Saúl Oberto Reyes
La Secretaria
Abg. Carysbel Barrientos.