Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 0667, contentivo del procedimiento intimatorio, interpuesto por los ciudadanos BURGOS TOVAR PEDRO CARMEN CECILIA BURGOS, Abogados, venezolanos, mayores de edad, C.I Nros. 3.093.120 y 15.557.372, Inpreabogados Nros. 44.219 y 104.555, con domicilio procesal en la Calle Ampíes y Comercio Nro. 114-A, en esta Ciudad de Coro Estado Falcón, en contra del ciudadano ROJAS ELEAZAR ANTONIO, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 7.266.125, domiciliado en la Av. Principal de las Malvinas, Municipio Colina del Estado Falcón. Y ASI SE DECIDE.