DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud planteada por el defensor Publico Quinto, Abg. Moisés Medina la Concha, y en consecuencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LA LIBERTAD decretada contra el acusado PEDRO PABLO LEAL, titular de la cédula de identidad No. V- 15.311.457, de 31 años de edad, nacido en fecha 09-06-1975, de profesión peluquero, hijo de Neria Gonzalez y Pedro Pablo Leal, domiciliado en EL SECTOR ANTIGUO AEROPUERTO, CALLE PRINCIPAL, CASA S/N DE COLOR AZUL Y REJAS BLANCAS, CERCA DE LA PANADERIA MIGUEL, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, y en su lugar le impone la MEDIDA CAUTELAR SUSTUTIVA DE LIBERTA.....