En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por las abogadas MARLE ANTONIETA LEMUS GONZÁLEZ y JUSBY CHIQUINQUIRÁ PINEDA VALLES, procediendo con el carácter de apoderadas judiciales de los ciudadanos JIAN MING CHEN y WANTING CHEN DE CHEN, mediante diligencia de fecha 9 de octubre de 2013. contra la decisión de fecha 14 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 14 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró SIN LUGAR la demanda por DESALOJO interpuesta por los.....