Por todo lo antes expuesto, este Tribunal, Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 y el artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa por INSERCIÓN DE PARTIDA, solicitada por la ciudadana ÉLIDA RAMONA CHIRINO, asistida por la Abog. Andreína Valles Quero; plenamente identificados en autos.
Notifíquese de la presente decisión a la parte demandante, y por cuanto de autos se observa que la misma no indica su domicilio exacto, en consecuencia, se toma como su domicilio procesal la sede del Tribunal, tal como se establece en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.- A tal efecto, se acuerda notificarla mediante Cartel que será fijado en la cartelera del Tribunal. Una vez conste en autos la fijación de dicho cartel, co.....