Seguidamente toma la palabra la ciudadana Juez Titular de este Tribunal, Abogado ZENAIDA MORA DE LÓPEZ quien manifiesta que concede el lapso solicitado por la representante de la Defensoria del Pueblo en aras de garantizar los derechos de la ciudadana antes mencionada.
Vencido como fue el lapso de espera otorgado, se deja constancia que mediante enlace telefónico a través del número 0416-5655266, suministrado por la reclamante en la solicitud de RECLAMO DE SERVICIO PUBLICO, por parte de la representación de la Defensoria del Pueblo delegación del estado Falcón, quien manifestó que no asistiría. Tomo la palabra la ciudadana Juez de este Despacho Abogada ZENAIDA MORA DE LOPEZ y expone que en virtud de la incomparecencia de la parte demandante y al no verse manifestado el interés de alguna de la partes comparecientes para que fuese decidida la controversia planteada, se declara DESISTIDA la demanda por RECLAMO DE SERVICIO PÚBLICO interpuesta por la Ciudadana MARIA LUGO DE HERNAND.....