En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, con fundamento a su libre convicción, basado en las regla de la lógica y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de Ley, administrando Justicia, OTORGA LA GRACIA DE CONFINAMIENTO al penado RAFAEL VICENTE ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº 19.006.933, quien fue sentenciado a cumplir la pena TRES (03) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS BAJO LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley orgánica contra el trafico ilícito y consumo de sustancias estupefacientes en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, quien se encuentra actualmente recluido en quien se encuentra actualmente recluido en la comunidad penitenciaria del estado Falcón. De .....