Por las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL NUEVO RÉGIMEN COMO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad que confiere la ley, DECLARA: PRIMERO: Se admiten las pruebas promovidas por la Procuradora de los Trabajadores YRISNEL AMAYA ROMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 188.649, actuando como apoderada judicial de la ciudadana YAQUELIN DEL CARMEN RAMIREZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.557.203, de este domicilio. SEGUNDO: Se admiten las pruebas promovidas por la abogada en ejercicio FABIOLA POLANCO ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 171.256, de igual domicilio; obrando en representación de la empresa MULTI-TIENDA ALBANY, C.A.