En mérito de las consideraciones anteriores, ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la empresa PROMOTORA G PENINSULAR, C.A., contra los Actos Administrativos de efectos particulares dictado por la Inspectora del Trabajo "ALI PRIMERA" de la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, consistentes en Providencia Administrativa, Nº 178-06-2015, en el marco del expediente de la sala de sanciones Nº 053-2015-06-00051, el acta de ejecución de reenganche y restitución de derechos, el acta de pago de salarios caídos y el acta de ejecución forzosa de reenganche y restitución de derechos en el marco del expediente de la sala de fuero Nº 053-2015-01-00218, sobre un procedimiento de.....