DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto (05º) de Primera Instancia en Funciones de Control Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Imponer a los imputados JXXX, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, estado Zulia, Fecha de Nacimiento 12-03-91, de 16 años de edad, de estado civil Soltero, Grado de Instrucción 6to grado de educación primaria, de profesión u oficio Indefinida, hijo de AYANI ABREU (V)y de IVAN ATENCIO (V), domiciliado en: Ojo de Agua, XXX, Teléfono XXX (de su mamá) y Titular de la Cédula de Identidad Nº V-XXX, XXX, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, Distrito Capital, Fecha de Nacimiento 25-03-1993, de 14 años de edad, de estado civil Soltero, Grado de Instrucción 6to grado de educación primaria, de profesión u oficio trabaja en un Auto Lavada llamado Cars.....