Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONMUTACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN EN CONFINAMIENTO, a favor del penado ciudadano ANTHONY YOSBELT PEREZ CARRERO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-20.736.871, de 20 años de edad, nacido en fecha 01-05-89, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ayudante de albañil, hijo de Maria Carrero Contreras y José Arcadio Pérez Soto, natural de San Cristóbal, residenciado en el En Los taques, por la playa Los Claveles, calle Los claveles, sector Aurora, de Los taques, y como consecuencia de la anterior declaratoria ACUERDA PRIMERO: LA LIBERTAD INMEDIATA del penado ANTHONY YOSBELT PEREZ CARRERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-20.736.871, por lo que se ordena LIBRAR LA CORRESPONDIENTE BOLETA DE EXCARCELACIÓN AL DIRECTOR DEL I.....