Por todos los razonamientos antes expuestos este tribunal de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Falcon Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, acuerda la sustitución de la medida de privación de libertad por la de libertad asistida, el cual consiste en la presentación ante el mencionado departamento una vez, hasta el día 11-02-05, fecha en que culminara su sanción, de conformidad con los artículos 626,646 y 647 en sus literales ¿E Y F¿, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Libérese la correspondiente boleta. Notifíquese al servicio de libertad asistida. Quedaron notificadas las partes de la presente decisión en la sala N° 1 de este circuito.
El juez de Ejecución
Abg. Gregorio Carrasquero
La secretaria
Abg. Roselyn García
En esta misma fecha se cumpl.....