Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta La libertad de los Ciudadanos: Miguel Antonio Olaizola, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.773.863 , residenciado en el Sector Central Tacarigua, Calle Pasaje Maracay, Casa 52-36 y Wanda Maripire López Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.855.573, residenciada en Valencia, Estado Carabobo, Sector San Agustín, Calle 08, Casa !08 y le impone de la medida cautelar sustitutiva prevista en el articulo 265 ordinal 3 del Código Organico Procesal Penal, con fundamento en los articulos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Consistente en presentación periodica cada 30 días ante este Tribunal. Librense las correspondientes boletas de libertad. Quedan notificadas las partes de la presen.....